La Sentencia C-355 despenalizo el aborto en Colombia en tres situaciones: Cuando esta en riesgo la vida de la madre, en caso de violación y cuando hay una malformación incompatible con la vida.
Lamentablemente la reglamentación alrededor de esta sentencia ha sido una serie de conceptos y opiniones que a través de resoluciones, decretos y circulares se han dedicado a vulnerar el derecho a la vida y a la objeción de conciencia consagrada en la constitución.
Lo que es más lamentable es ver que dicha despenalización ha manipulado a las mujeres alrededor de la discusión feminista donde se desconoce la vida humana y se favorece una decisión particular en favor de la aparente autonomía.
Hoy prácticamente se ha pasado de un concepto jurídico de despenalización a creer y asumir que el aborto es un derecho.
Con la nueva ley estatutaria tendremos personas que asumirán que abortar es un acto médico y de salud por lo cuál usarlo es su derecho y obligación del médico a practicarlo sin mediar razones o condiciones clínicas que son en últimas las que definen cualquier acto médico en el mundo.
En el día de hoy el diario El Espectador publicó un articulo ( VIACRUCIS DE UN BEBE. http://www.elespectador.com/noticias/bogota/viacrucis-de-una-bebe-articulo-501402 );
alrededor de una pareja que ante el diagnóstico prenatal de mielomeningocele pidieron el aborto y no se les autorizó por la EPS. Hoy ante la realidad de padres que han tenido que enfrentar el cuidado de ese niño con dicha enfermedad ; buscan jurídicamente se les reconozca que el haber realizado el aborto ; hubiera evitado todo lo que están asumiendo actualmente. Se expone como un homicidio por piedad que desde una visión materialista les hubiera ahorrado dinero, tiempo y sufrimiento.
En la medicina actual son pocas las entidades incompatibles con la vida que llegan al término del embarazo; es decir que el aborto espontaneo se da por la naturaleza misma de la enfermedad. En casos de alteraciones cromosómicas como el conocido Sindrome de Down son claramente compatibles con la vida. Sin embargo vemos que de una u otra forma utilizando el diagnóstico pre-natal se justifican abortos que van en contra de una vida y a favor de la comodidad y el no querer enfrentar la responsabilidad de asumir esa nueva vida . Es probable que los niños con Sindrome de Down desaparezcan de nuestra sociedad; pues serán exterminados en los úteros de sus madres por el diagnóstico prenatal y la anuencia cómplice de una legislación nihilista.
Estamos ante los tribunales que deciden genocidios en pleno siglo XXI , que no se diferencian en nada los tribunales de la Alemania Nazi que por decreto decidió acabar con los retrasados mentales, malformados , los pacientes pisquiatricos y todo lo que no permitiera demostrar la pureza de la raza aria. Lo que sucedió en los campos de concentración con la solución final con los judios y roms ; fue apenas un consecuente resultado de esta decisión de limpieza racial.
Hoy estamos en Colombia viendo con tranquilidad y escondidos en las normas ; tratando de justificar cada día abortos en forma exponencial ; para sentir que el derecho al asesinato de seres inermes in utero no solo no es ilegal sino que es moral.
Será que la nueva ley estatutaria de salud basada en que la salud es un derecho; podrá avalar políticas eugenésicas , de manipulación de la vida y de eutanasia solapada en términos jurídicos y de legislación ?
En este caso publicado en medios lo que habría que evaluar es como se le ha dado el apoyo a esta familia, para entender que por ser los cuidadores de esa vida que con la realidad de la enfermedad ; no solo pueden afrontarla sino lograr como padres ser mejores personas al recibir con amor y caridad esta eventualidad.
Definitivamente lo legal no necesariamente es ético o moral.
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